martes, abril 30, 2013

El Estado subsidiario



Artículo 60- Pluralismo Económico
El Estado reconoce el pluralismo económico. La economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa.
Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de manifiesta conveniencia nacional.
La actividad empresarial, pública o no pública, recibe el mismo tratamiento legal
Constitución del Perú 1993

El PPC de Lourdes y el APRA de García, estuvieron entre los partidos que llamaron a votar por el No, en el referéndum para aprobar la Constitución del 93. Hoy, ambos son fieles creyentes, entre otras lindezas del llamado documento fujimorista, del concepto de Estado subsidiario de la actividad empresarial, entendida según el diccionario como ayuda que se presta a la otra parte es decir a la inversión privada.

Sólo una crisis endemoniada como la que afectó al Perú hasta entrados los años 90, puede explicar que se otorgase al Estado un rol tan vergonzoso y se le amarrara las manos como actor autónomo en la economía, muy a pesar de que en la primer línea del mismo artículo 60 se hablara de pluralismo. Visto desde el lado de la gran inversión, que usualmente es estatal o extranjera, el bendito artículo debía traducirse que sólo cuando las transnacionales no quisieran hacerse cargo de una actividad económica, por ejemplo hacer una carretera o un puerto, el Estado subsidiariamente debería reemplazarla.

Y eso es lo que hoy defienden el PPC y el APRA con un ardor que supera al genio fujimorista que legisló que en el Perú intervengan empresas estatales siempre que sean extranjeras, como ocurre en buena medida con Repsol. La tesis por supuesto es que el Estado peruano es adicto a la estatización así que si empieza por algún lado, al poco tiempo habrá multitud de empresas públicas sacando del camino al capital privado, y que Ollanta es una especie de chavista reprimido que si se le da la mano para intervenir en la economía lo hará hasta el cuello y usará los recursos que obtenga de esa aventura para la llamada reelección conyugal.

O sea estamos en pura política y en una especie de coletazo de la peor época de los años 90. Pero miren ustedes cómo será de defectuoso el andamiaje constitucional que nos dejó la dictadura que no sólo desmiente su proclamado pluralismo, sino que pretende que hay un mismo tratamiento legal para lo público y lo privado, cuando no lo hay. Y a pesar de que Petroperú esta fuera de los alcances del mamotreto del 93, porque existía anteriormente y tiene su ley orgánica y la más reciente, que apunta a su fortalecimiento, la DBA insiste en llevar el caso al Congreso en donde aspira estrangular a la principal empresa estatal.

30.04.13
www.rwiener.blogspot.com

2 comentarios:

Anónimo dijo...

Si la inversión es con dinero del estado(nosotros) necesariamente tiene que ser autorizado por el Congreso, le guste o no.

Raúl Wiener dijo...

Es que tienes al frente el artículo de la Constitución fujimorista que explica que para formar una empresa pública nueva se requiere la aprobación del Congreso y este no es el caso. Por si acaso García se tiró en dos años una increíble cantidad de dinero en inversiones que decidió arbitrariamente sin ninguna consulta con el Congreso.